- A ujourd' hoy el Comité Portuario de Trieste aprobó por mayoría, con la unanimidad de votos en favor de los representantes de las realidades económicas y sindicales y los votos contrarios del alcalde de Trieste, Roberto Cosolini, de Muggia, Nerio Nesladek, del Presidente de la Provincia de Trieste, de Maria Teresa bassa Poropat, y del asesor regional a las Finanzas, a Francesco Peroni, el acuerdo de programa "Disciplina de las intervenciones relativas a la reclasificación de las actividades industriales y portuarias y de la recuperación ambiente en la superficie de crisis industrial compleja del puerto de Trieste", que se suscribió el 30 de enero pasado de las instituciones interesadas con la excepción de la Autoridad Portuario de Trieste ( del 30 de enero 2014), recordando la carta el 10 de febrero pasado del Ministerio de Infraestructuras y Transportes, a insertar íntegramente en calidad de nota en acta al acuerdo de programa, dando enviado a Presidente de la Autoridad Portuaria de suscribir el acuerdo. Antes de su voto el texto de la deliberación había obtenido la opinión favorable del órgano colegiado de los revisores de cuentas y su Presidente.
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- la Autoridad Portuaria anunció que en la carta del 10 de febrero enviada a los Ministerios de Sviluppo económica, Ambient y tutela del territorio y el mar, a la Región Friuli Venecia Julie y a la Autoridad Portuaria y a la firma del Jefe de Gabinete del Ministro de Infraestructuras y Transportes, se precisara que "para cuánto conforme al contenido del artículo 6 del acuerdo (Proyecto completado de misa en seguridad y de reindustrialización del lugar de la Bolsa de herramientas de Servola) y a las explicaciones relativas o sea a las interrelaciones entre el procedimiento de enajenación del lugar de propiedad y a estos de concesión patrimonial de las superficies de competencia de una Autoridad Portuaria, o sea a la cuantificación y recaudación de los alquileres patrimoniales por parte de la Autoridad Portuaria, se retiene que - en segundo lugar las orientaciones por unanimidad expresadas en sesión de reunión el 6 de febrero americano cerca del mismo MTI - se trata de nueva concesión patrimonial y no ya subingresso, y que la relajación del misma por parte del Comisario, a los sentidos del artículo 6 del acuerdo de programa, qué acto consiguiente al procedimiento de enajenación a evidencia público, deba necesariamente referirse de disciplina incluida al arte 18 de la ley 84/1994, eso implicando, por parte de la Autoridad Portuaria, del exercise de las actividades de cuantificación y la recaudación de los alquileres patrimoniales marítimos ".
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- "con por lo que se refiere al contenido de las premisas del acuerdo - prosigue la carta del Ministerio - en la parte en el cual se pone de relieve la imposibilidad "a remontarse a la amputación subjetiva de individual actos y de las actividades que en el tiempo contribuyeron a la realización de la superficie patrimonial en concesión a la Sociedad Servola EPA con aplazamientos y a los materiales contaminantes", se considera que sobre informada formulación puedan provechosamente rectificarle, en adhesión al reciente marco normativo de referencia, con a la diferente dicción "ella sigue siendo impregiudicata la amputación subjetiva de individual actos y las actividades que en el tiempo contribuyeron a la realización de la superficie patrimonial en concesión a la Sociedad Servola EPA con aplazamientos y a los materiales pollu ants "".
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