Bruselas pide a Italia a respetar la Directiva sobre el IVA en lo que respecta a la exención para los buques
dictámenes motivados a Bélgica, Chipre, Estonia, Francia, Polonia, Portugal y el Reino Unido para instar a la adopción del nuevo sistema del Estado rector del puerto
La Comisión Europea ha pedido formalmente a Italia para cumplir con la Directiva sobre el IVA en lo que respecta a la exención para los buques y, a continuación para modificar la legislación nacional para ponerla en conformidad con el Derecho comunitario. Bruselas dice que la Directiva de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del valor añadido permite, bajo ciertas condiciones, la exención del IVA para el suministro de bienes para el suministro y aprovisionamiento de los buques que navegan en alta mar, y para el suministro, modificación, reparación, mantenimiento y arrendamiento de estos buques.
La Comisión Europea dijo que la legislación italiana va más allá de la establecida por la exención de la Directiva y el IVA se aplica a los buques comerciales no navegar en alta mar, y excluye algunos servicios que deben incluirse y proporciona una exención para los buques para los organismos públicos, en contra de las disposiciones de la Directiva sobre el IVA.La Comisión declaró que envió a las autoridades italianas una carta de requerimiento, 15 de mayo de 2009 y que, en respuesta a esta carta, las autoridades italianas se han comprometido a armonizar la legislación nacional en la UE, pero hasta la fecha la la legislación italiana aún no ha sido cambiado.
La Comisión Europea ha establecido su solicitud en la forma de un dictamen motivado, que es la segunda etapa del procedimiento de infracción con arreglo al artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. A falta de regularización en los dos meses siguientes al envío del dictamen motivado, la Comisión podrá decidir recurrir al Tribunal de Justicia de la UE.
- Via Raffaele Paolucci 17r/19r - 16129 Génova - ITALIA
tel.: +39.010.2462122, fax: +39.010.2516768, e-mail
Partita iva: 03532950106
Registrazione Stampa 33/96 Tribunale di Genova
Director: Bruno Bellio Prohibida la reproducción, total o parcial, sin el explicito consentimento del editor