Al final del día se está creando la constitución del puerto de Trieste, el puerto del puerto de Trieste
En la fase experimental de 12 meses será participada con un 51% por la Autoridad Portuaria. Inicialmente el orgánico será de 111 unidades
29 Janvier 2016
La Autoridad Portuaria de Trieste publicó el martes el anuncio para la constitución de la Agencia Laboral Portuaria en el puerto de Trieste, una nueva sociedad de responsabilidad limitada que, de conformidad con el artículo 17 de la Ley 84/94, proporcionará trabajo puerto temporal a las empresas de la escala juliana a que se refieren los artículos 16 y 18 de la misma ley. Esta última está reservada a la participación en la nueva Agencia, cuyo capital social será de 150mila euros. Las expresiones de interés para participar en la constitución de la nueva empresa tendrán que ser presentadas por las horas 12 del 5 de febrero.
En la primera fase experimental de 12 meses desde el lanzamiento de la Srl, la Autoridad Portuaria participará en la empresa suscribiendo el 51% del capital social, mientras que la parte restante será suscrita en partes iguales por empresas de ex-art. 16 y 18 participantes. Al final de esta fase, la Autoridad Portuaria verificará el posible interés de las empresas autorizadas que no habían considerado participar en la Agencia hasta su constitución, tras lo cual la participación en poder de la Autoridad Portuaria será división entre todas las empresas participantes, de modo que todo el capital social esté dividido en partes iguales. La Autoridad Portuaria precisó que, una vez que se ha anulado su participación en la participación, tiene la intención de mantener y ejercer una función de garantía dentro de la Agencia a través de su propia presencia en el órgano de dirección. y administración o dentro de la de supervisión y control.
El alcance de la nueva agencia será seleccionar y contratar indefinidamente a los trabajadores portuarios ex-art temporales bajo contrato. 17 dentro de los límites de la dotación orgánica determinada por la Autoridad Portuaria, supervisar las necesidades de formación de los trabajadores contra las normas predefinidas por la Autoridad Portuaria y preparar programas y planes de formación cuya gestión tendrá que ser confiado a las entidades prepuestas, para prever la buena voluntad del trabajador portuario temporal, de conformidad con las disposiciones por defecto en el reglamento de funcionamiento aprobado por la autoridad, a las tasas aprobadas por la propia Autoridad Portuaria, y de prever, mediante la identificación de la agencia provisional externa, la la gestión de las relaciones contractuales necesarias o útiles para el uso del personal interino de las agencias que no operan en el puerto, en caso de picos de trabajo o agotamiento de cifras profesionales específicas, y en cualquier caso en que se trate de permitido por la regulación sobre el tema y la normativa vigente.
La Autoridad Portuaria, según lo previsto en los acuerdos firmados con los interlocutores sociales, ha establecido en 111 unidades el personal operativo de la Agencia en el momento de su constitución. La institución especificó que al final de la fase de prueba, si la relación entre los días laborables y los de no-start-ups no se ajustara a las directivas del Ministerio de Vigilancia, se hará una reducción proporcional. del número de trabajadores de acuerdo con los acuerdos acordados con los interlocutores sociales.
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