- Además, el decreto permite a los buques de pabellón extranjero cruceros, la entrada a los puertos italianos en el en el caso de que estos últimos provendn de puertos de escala ubicados en Estados o territorios enumerados en las Listas A, B y C del Anexo 20 viajar hacia y desde el extranjero. La lista A incluye República de San Marino y el Estado de la Ciudad del Vaticano. La Lista B incluye Austria, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca (incluidas las Islas Faer Oer y Groenlandia), Estonia, Finlandia, Alemania, Grecia, Irlanda, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal (incluidas las Azores y Madeira), Eslovaquia, Eslovenia, Suecia, Hungría, Islandia, Liechtenstein, Noruega (incluidas las islas Svalbard y Jan Mayen), Suiza, Andorra y el Principado Munich. La Lista C incluye Bélgica, Francia (incluyendo Guadalupe, Martinica, Guyana, Reunión, Mayotte y excluyendo otros territorios fuera del continente europeo), los Países Bajos (excluidos los territorios fuera del continente europeo), República Checa, España (incluidos los territorios del continente africano), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (incluidas las islas Canal, Gibraltar, isla de Man y bases británicas en la isla de Chipre y excluyendo territorios fuera del continente europeo).
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- Además, se prevé que todos los pasajeros a bordo de la buques de pabellón extranjero no han permanecido ni transitado en el catorce días antes de la entrada en el puerto italiano en Estados o territorios enumerados en las Listas D (Australia, Canadá, Georgia, Japón, Nueva Zelandia, Rumania, Rwanda, República de Corea, Tailandia, Túnez y Uruguay), E (todos los estados y territorios no expresamente indicado en otra lista) y F (a partir de 9 Julio de 2020: Armenia, Bahrein, Bangladesh, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Chile, Kuwait, Macedonia del Norte, Moldavia, Omán, Panamá, Perú, República Dominicana; a partir del 16 de julio de 2020: Kosovo, Montenegro; desde el 13 de agosto de 2020: Colombia). Además, las escalas sólo se permiten en los estados y territorios de listas A, B y C y las excursiones gratuitas están prohibidas, con el fin de que los servicios de cruceros no pueden adoptar medidas para prevenir el contagio.
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