
«LTM, una empresa del puerto de Livorno que gestiona una
terminal dentro de la Puerta Galvani, tiene la intención de
cerrar sus puertas y crear una nueva empresa que se ocupe de
operaciones portuarias a las que transferir toda su corriente
51 empleados entre operativos y administrativos". Ellos tienen
anunciaron Filt-Cgil, Fit-Cisl y Uiltrasporti, denunciando que "todo
Esto es inaceptable y por esta razón, la
los sindicatos, los obreros han abierto un estado de agitación".
Ayer Giuseppe Gucciardo (Filt-Cgil), Dino Keszei (Fit-Cisl) y
Gianluca Vianello (Uiltrasporti) precisó que "la
La noticia fue comunicada en las últimas horas por la alta dirección
delegados de la empresa. El operador de la terminal LTM, un
"Artículo 18" de la Ley 84/1994 de Puertos -
explicaron los representantes de los sindicatos, estarían dispuestos a
crear una especie de "newco" especializada en operaciones
una "Ley de Puertos", es decir, un "Artículo 16" de la Ley de Puertos,
para tapar las carencias de tráfico que han surgido en los últimos años.
Según LTM, esta medida salvaguardaría el futuro de los trabajadores:
Nada podría estar más equivocado, por el contrario, el
opuesto. Si el proyecto LTM se materializa, advirtieron
Gucciardo, Keszei y Vianello: los 51 empleados serían transferidos
en una nueva empresa con todo lo negativo que
en términos de perspectiva, estabilidad y
reconocimiento económico".
"El proyecto LTM, que como resultado de este
se convertiría en una "caja vacía" - continuó el
sindicalistas, no sólo pondría en peligro el futuro de los sindicatos
trabajadores. Las repercusiones negativas de esta desafortunada idea
rompería también los ya precarios equilibrios del conjunto
Sistema portuario de Livorno. De hecho, el puerto de Livorno ya se jacta
un gran número de empresas del artículo 16 y la entrada de
de un nuevo tema no haría más que intensificar la
competencia interna y, por lo tanto, aumentar la competencia sobre la base de
sobre los costes laborales. También se generarían las consecuencias negativas
ALP (en lo sucesivo, «artículo 17») y el
Intempo, sujetos que proporcionan trabajo a la
empresas portuarias en caso de picos de tráfico".
"El proyecto LTM - concluyeron Gucciardo, Keszei y
Vianello - también es inaceptable porque la intención
sería que la nueva empresa operara en el muelle
al Deep Bottom utilizado por Porto2000 (una empresa de la que
LTM, a su vez, posee una participación accionarial), quay que
no se ha podido utilizar para este fin porque el mismo
Porto2000 no dispone de las concesiones para llevar a cabo la actividad
operador de terminales de acuerdo con la Ley 84/1994 de Puertos. Preguntar
por lo tanto, que la Autoridad Portuaria actúe como garante de la
los equilibrios sociales en el puerto bloqueando la proliferación de nuevos
temas económicos".