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En los últimos días en Roma, el consejo de administración de la AIATP-Asociación Italiana de Armadores Transporte Pasajeros se reunió para tratar con los asuntos prioritarios que rodean la revisión de los títulos. profesional para la menor competencia de navegación y competencia desleal de las unidades de placer comercial, consecuencia de un reglamento que cada vez es más equiparable a nuestros buques de transporte de pasajeros disfrutando de sus beneficios Aunque pocos, pero no sometidos a sus cargas, que son muchos. "
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- "No menos significativo", dijo la AIATP, "los problemas relacionados con la pérdida desde enero de 2012 del impuesto sobre el IVA a bordo, por los materiales de respeto e incluso para la compra de nuevos buques en su lugar", dijo la AIATP. de los ya obsoletos, aumentando la diferencia, en el ámbito del transporte de pasajeros, entre los buques menores matriculados en matrices nacionales de navegación y los de las mayores calificaciones internacionales de navegación introducidas en el Registro internacional y que, a diferencia del primero, disfrutan de las tumbas contribuyentes e impuestos concedidos por la ley 27 de febrero de 1998 n.30. Además, también se abordó el problema de la imposición del impuesto especial sobre el combustible para la navegación interior y el del aumento estratosférico de los cánones de propiedad estatal en las unidades de categoría que operan en la laguna veneciana.
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- Al término de la reunión una delegación de AIATP fue recibida en el Ministerio de Infraestructura y Transporte por Enrico Maria Pujia, responsable de la Dirección General de Transporte Marítimo y vías navegables interiores. Durante la audiencia fueron las cuestiones más importantes tratadas por el consejo en la reunión del día anterior, quejándose, especialmente por el proyecto de decreto sobre la revisión de los títulos profesionales marítimos para el naviglio menor, no se haya invitado nunca a participar en la preparación ni en el debate de tal medida que se presumió que se produjo después de su divulgación en línea de junio de 2013 a la que se había adherido AIATP en respuesta al calendario de la sus propias observaciones y propuestas que, sin embargo, se han quedado sin retroalimentación alguna. Actualmente, el proyecto de decreto se transmite a la 6ª Oficina del Comando General de las Capitanerías de Porto, que tendrá que expresarse sobre la base de su propia experiencia.
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- La AIATP dijo que además "en el puerto comercial, se hizo presente como una interpretación más extensa del artículo 78 del Código de la Náutica da diporto podría desarrollar una ventaja adicional, en el tema de la competencia comercial", dijo el informe. de las unidades de alquiler para uso en el tráfico de transporte de pasajeros. La disciplina actual, de hecho, establece el párrafo 2 del artículo 78 que las unidades de cartón empleadas en actividades de alquiler que transporten más de 12 pasajeros en navegación nacional estarán sujetas a las disposiciones del decreto de 4 de febrero de 2000 n. 45, sin embargo, excluye construcciones distintas de las metálicas o equivalentes en su ámbito de aplicación. Esta alegación también parece que se remonta a las unidades de diport construidas en vitrinas o en madera, a la disciplina a que se refiere el Decreto del Presidente de la República de 8 de noviembre de 91 n.435 (es decir, el actual Reglamento de Seguridad de la Navegación y de la vida humana en el mar). Siendo las reglas de este último más favorables que las reportadas en 45/2000, señaló la AIATP-es probable que se establezca un escenario donde habrá menos y menos visible la frontera que ha sido bien rastreada por todos ellos. los reglamentos internacionales, entre el barco de pasajeros y el placer del puerto (cuyo destino comercial sigue siendo forzado). "
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- " En resumen, si bien satisfecho con la recepción, la disponibilidad, así como la participación del gerente general en ciertas normas del Código de la Náutica da diporto que debe ser revisado, no hemos obtenido el certeza sobre la finalización del proceso relacionado con la revisión de los títulos profesionales marítimos para el naviglio menor. La legislación actual, de hecho, excluyendo las que se encuentran entre estas últimas todavía realizables, es demasiado pesada y poco adecuada para las funciones que llevan a cabo nuestras tripulaciones al tiempo que se consideran las responsabilidades que ellos mismos requieren ".
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- La asociación ha expresado su confianza en que se conceda su petición de poder participar en la redacción de la nueva disciplina para su aplicación más compartible.
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