el Antimonopolio establece que no existe algún signo en materia arancelaria para los servicios marítimos en el Estrecho de Mesina
AGCM deliberación que faltó las razones de intervención frente a Caronte y a Tourist, RFI, Bluferries, Meridiano Lines, Ustica Lines, Terminal Tremestieri y Consorzio Metromare del Estrecho
30 Décembre 2014
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l 'Autoridad Garante de la Competencia y el Mercado (AGCM) estableció que "sobre la base de la información disponible faltaron las razones de intervención frente a las sociedades Caronte y Tourist (C&T), Red ferroviaria Italiana (RFI), a Bluferries, Meridiano Lines, Ustica Lines, Terminal Tremestieri y Consorzio Metromare del Estrecho en relación al acuerdo controvertido en violación del artículo 2 de la ley n. 287/90 o del artículo 101 de TFUE ". La decisión de iniciar el procedimiento istruttorio frente a las siete sociedades para comprobar la existencia de un acuerdo único y complejo entre los operadores activos en el mercado del transporte marítimo de mercancías, coches y pasajeros en el Estrecho de Mesina, vuelve al concertazione sobre los precios y a la distribución del mercado, se había asumido el 26 de junio de 2013.
para la hipótesis de distribución del mercado, las comprobaciones instructores se detuvieron en particular sobre la empresa mixta Terminal Tremestieri (Terminal TODO), sociedad consortile participada de C&T, Bluferries y Meridiano ciascuna con cuota uniforme a los 33,3% que se constituyó el 20 de octubre de 2015 y que administra en concesión el homónimo terminal portuario construido en 2006 y dedicado al camionaje de medios comerciales en el Estrecho de Mesina. Las comprobaciones eran tesis que debe comprobarse el papel de Terminal MUY en empujar el sottoutilizzo del puerto de Tremestieri en beneficio de los otros puertos ciudadanos de los que van de las carreteras más breves y en consecuencia, a un paridades de precio, más ventajosas para los vectores.
con respecto a las comprobaciones sobre supuesta del concertazione entre las partes en materia arancelaria - explicó a la Autoridad Antimonopolia - de la documentación recogida en el curso del procedimiento "no surgen de elementos suficientes que deben confirmarse la existencia de la hipótesis de concertazione avanzada en el procedimiento inicial. A más allá de los contactos entre los vectores, no se surgen algunos riconducibili a la gestión adjuntada del puerto de Tremestieri - precisó AGCM - en efecto de elementos adicionales suficientes que deben probarse la existencia del concertazione anticompétitive entre empresas competidoras y, al contempo, llevarlos colocado en ser partes son susceptible de una explicación alternativa al concertazione colocado que, incluso a la luz de las características estructurales del mercado - tal como se describe en la parte en realidad - tales llevar pueden hasta interpretarse como yo proporcionado de autónomas elecciones individuales. En cuanto a la hipótesis de distribución del mercado, puesto en es incluso a través de empleo estratégico del puerto de Tremestieri por parte del homónimo empresa mixta, de las comprobaciones conducidas se surge que impugno en las cuales impulsaron hasta ahora los vectores reflexionado la estructural incapacidad del nuevo puerto de Tremestieri, en su actual configuración, a acoger la totalidad tráfico mercancías del Estrecho, como originariamente se prevé en el momento de su apertura, en 2006 ".
al concluir que "la información adquirida en el curso de la instrucción no es suficiente a confirmar la hipótesis de violación de la reglamentación fija a tutela de la competencia resumida en la medida inicial de la instrucción en el mercado del transporte marítimo en el Estrecho de Mesina", y en consecuencia para imputar conducir restrictivas a las siete sociedades, AGCM deliberó que sobre la base de la información disponible faltaron las razones de intervención en sus comparaciones.
comentando la deliberación del Antimonopolio, la compañía Caronte y Tourist puso de relieve como la Autoridad Garante de la Competencia y el Mercado concluyó la instrucción sin imponer sanciones y "absolviendo" a las navieras que impulsan de forma estable en el Estrecho de Mesina de la acusación de constituir un signo tenso omogeneizzare a los precios de los billetes y a blindar el mercado de referencia del acceso posterior de competitors. Los administradores delegados de Caronte y Tourist, Antonino Repaci y Vincenzo Franza, destacaron como la medida final de la Autoridad acoge las argumentaciones propuestas de la sociedad. En particular - especificaron - en las evaluaciones concluyentes se reconoce que no le fue algún concertazione en materia arancelaria, esperado que "llevarlos de las partes pueden interpretarse tal como se proporciona de autónomas elecciones individuales" y que, en cualquier caso, no se surgen de elementos vueltos que deben probarse la existencia de una del concertazione anticompétitive; por otro lado no fue puesto en ser algún concertazione en orden a la distribución del mercado por medio de emplea estratégico del abordaje de Tremestieri. Queda claro pues, en segundo lugar AGCM - observaron - que el sottoutilizzazione de Tremestieri, en los períodos de cierre parcial, no es imputable a los soci veranos de navegación.
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