La Autoridad Reguladora del Transporte, mediante resolución nro.
89/2024, de 26 de junio pasado, en el marco de las actuaciones iniciadas
para la revisión del Reglamento en el sector portuario ha adoptado
Un primer suplemento relativo a la medida 2 de la resolución nro.
57/2018 ("Metodologías y criterios para garantizar el acceso a la
justa y no discriminatoria para la infraestructura portuaria. Primero
medidas reglamentarias"). Con esta intervención, los Planes
Aspectos económicos y financieros de los participantes en los procedimientos de adjudicación
de las concesiones anunciadas por las Autoridades del Sistema Portuario
debe elaborarse sobre la base de un formato especial desarrollado
por parte de la Autoridad.
La enmienda también fue necesaria debido a la
nuevas disposiciones contenidas en el "Reglamento" y en el
"Directrices" conexas sobre el tema, aprobadas por el Ministro
de Infraestructura y Transporte con el decreto n.º 110 de 21 de abril
2023, lo que constituyó la culminación necesaria para lograr
del hito M3C2-2, lo que permite el desembolso del tercer tramo de la
PNRR y que prevén la participación de la
Reglamento de Transportes en la definición de los regímenes de HAP de la
concesionarios portuarios, destinado, entre otras cosas, a la
la determinación de una duración adecuada de las concesiones y la
Definición de benchmarks de la industria.