En Panamá, se ha derogado la disposición que protegía la confidencialidad de los contratos de concesión portuaria
La Autoridad Marítima de Panamá ha aceptado la solicitud de transparencia hecha por el presidente José Raúl Mulino
Balboa
2 Setiembre 2026
La Junta Directiva de la Autoridad Marítima
de Panamá (MPA) se ha inclinado rápidamente ante un
solicitud del Presidente de la República de Panamá, José
Raúl Mulino, decidiendo ayer derogar su
resolución nº 012-2026, publicada en el "Boletín Oficial"
del pasado 28 de agosto, con el que la institución había declarado acceso
reservado para diversos documentos técnicos, administrativos y legales producidos
por la MPA, incluyendo principalmente concesiones de áreas portuarias y
licencias para la prestación de servicios marítimos, por un periodo de
diez años desde la fecha de clasificación del documento. Después del
publicación en el "Official Gazette" de la
que la Junta de Gestión del WAP tenía
adoptado el 5 de marzo, Mulino se había distanciado de la
de la Autoridad Marítima de Panamá y tenía
solicitó a la Autoridad Marítima Nacional que reconsiderara la
deliberación.
Al anunciar la derogación de la resolución, el MPA
especificó que el acto había estado motivado por la necesidad de
proteger los intereses del Estado y salvaguardar la información
información confidencial cuya divulgación podría haber puesto en peligro
procedimientos legales pendientes y, en consecuencia, la defensa de la
patrimonio público. En este sentido, como en su resolución,
Ayer la Autoridad Marítima recordó que el artículo 8 de la ley
el nº 6 del 22 de enero de 2002 establece que "las instituciones
están obligados a proporcionar a quien lo solicite
información sobre sus operaciones y actividades, con solo el
Excepción de información confidencial y de acceso restringido"
y que, de manera similar, el artículo 83 de la Ley nº 35 del 10 de mayo
1996 reconoce la protección de la información industrial o
Información comercial que puede ser una ventaja
competitivo o económico en comparación con terceros. El MPA destacó que,
Dentro de este marco legal, su
La administración consideró que la resolución tenía como objetivo
proteger la información cuya divulgación podría comprometer
intereses legales y patrimoniales del Estado, sin ningún
Intención de restringir el derecho de acceso a la información
reconocido por la ley nacional.
En particular, en el "Recital" de la
la Asamblea Provincial justificó la medida con la necesidad de
los procedimientos administrativos en curso, las funciones de
fiscalidad y control y, sobre todo, el hecho de que las prácticas
de la Dirección General de Puertos e Industrias
Las AMP Marítimas Auxiliares contienen información de un
servicios comerciales, contractuales y técnicos proporcionados por las empresas
en el contexto de su relación con el Estado. Por tanto, es una cuestión,
Según la Autoridad, los datos entran dentro de la noción de secreto
comercial/industrial y que, si se revelan, podrían dañar
la posición competitiva de las empresas implicadas en concesiones
licencias, o procedimientos sancionatorios. Para la autoridad
por lo tanto, la Resolución 012-2026 no introdujo un
innovación regulatoria, pero aplicó formalmente un mecanismo de
clasificación ya prevista por la legislación panameña sobre
transparencia, justificándolo con la protección de los secretos comerciales de la
empresas que operan con la Autoridad Marítima de Panamá
y con el requisito, impuesto indirectamente por el Tribunal Supremo de
Justicia por sentencia de 28 de agosto de 2025, para fijar por escrito
una fecha determinada desde la que puede comenzar el periodo de confidencialidad.
La resolución de la MPA y su derogación tienen un
Es una relevancia particular, así como en el contexto panameño, también en la
Marco del mercado portuario internacional dado el proceso de
reorganización que involucró a los puertos panameños de Balboa y
Cristóbal, cuya gestión - tras la destitución de la
Compañía de Puertos de Panamá (PPC), controlada por CK Hutchison Holdings
Hong Kong - fue otorgado respectivamente a la APM
Terminales del grupo danés A.P. Møller-Mærsk y el
Terminal Investments Limited (TIL) del grupo suizo MSC en el
marco de disposiciones temporales vigentes hasta el 23 de julio de 2027, en
expectativa de que el
Procedimientos para concesiones a largo plazo (25-30 años)
(
de 30
23 de enero
y 24
febrero de 2026).
El Consejo Mundial de Transporte Marítimo (WSC), la asociación internacional que representa a los principales armadores de buques portacontenedores del mundo, ha instado a los estados miembros...
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