1) |
Seguridad, razonabilidad y proporcionalidad de las normas |
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Legislación fiscal |
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II/IMU no gravable en tierras demaniales, aplicado hasta ahora de forma discriminatoria en el territorio. |
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Aumentar el umbral de los créditos del IVA con otros tributos y reducir el tiempo de su restitución. |
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No aplicación a los puertos DM 154/2009 sobre servicios de seguridad subsidiaria (guardias jurados) y confirmación reglamentaria superior en vigor |
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Medio ambiente y seguridad |
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Ajuste de DLgs 272/99 en seguridad laboral |
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Excluir los puertos de transbordo de las normas SITRI y todo ello de Seveso (Directiva 2012 /18/UE) |
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Concesiones |
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Posibilidad de redefinir los términos concesiones para nuevas inversiones |
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Definición de los modos finales de concesión con continuidad del servicio |
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Legislación administrativa/administrativa |
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Reducir el cumplimiento y los términos esperados para las variantes a los PRPs; |
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Introducir instrumentos para contener el litigio que caracteriza a las licitaciones prohibidas por la Autoridad Portuaria; |
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Atenuar, cuando sea posible de forma pragmática, la incidencia de las estrictas limitaciones medioambientales en determinadas obras marítimas portuarias. |
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2) |
Respeto de las empresas en las empresas y conveniencia de nuevas inversiones públicas y privadas |
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No a las nuevas limitaciones a la libertad de empresa y no a las imposiciones de modelos no eficientes. |
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Oposición a dos propuestas de estándares, introducidas en el DDL n. 370 A.S. actualmente en discusión en el Senado, relativo respectivamente: limitaciones a la libertad de la empresa para las operaciones portuarias y sus opciones de organización; limitación a la posibilidad de appalar a empresas autorizadas no Preponderantes del ciclo de operaciones portuarias por parte del terminalista. |
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Compromisos contractuales privados y públicos de mantenimiento mutuo |
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Las empresas concesionarias están obligadas, naturalmente, a cumplir las prescripciones y las patrullas inscritas en los actos concesionales, las inversiones previstas en el programa de actividad presentado y la ejecución del mantenimiento de los bienes públicos realizados en concesión |
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La autoridad otorgante debe poner en marcha de acuerdo con los plazos establecidos en el Plan Regulador del Puerto y los Planes Operativos Trienales, para permitir que los terminalistas puedan operar en condiciones de Normalidad |
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Compromisos del programador y evaluación de la rentabilidad para intervenciones públicas. |
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Aplicación DPR 3 de agosto de 2012, relativa a inversiones en obras públicas, verificación de resultados, rendimientos financieros, grado de uso y sintonías con las realizadas o realizadas por particulares. |
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Acelerar el calendario de la puesta a disposición de los recursos estatales. |
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3) |
Competitividad del sector |
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Reducción de costes |
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Reducción de los impuestos especiales sobre los combustibles utilizados por las empresas portuarias (de forma similar a lo que se ha practicado durante mucho tiempo en varios países de la UE). |
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Reducción de cánones, o al menos suspender por un período de tres años cualquier aumento en los cánones demaniales pagados por los terminalistas portuarios y contener la cuantía de los fiadores relativos. |
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Dar acción concreta por parte de las Autoridades Portuarias a la norma que permite la reducción de impuestos y derechos portuarios, empezando por el tráfico de transbordo. |
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Reducción gradual del Irap y la reducción, al menos temporal, de las cargas de bienestar social y/o de la tasa fiscal cobrada por empresas y trabajadores. |
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Reducir la burocracia y las simplificaciones |
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Introducir simplificaciones y eliminar los solapamientos de competencias entre entidades públicas que tienen tareas en el puerto. Afirmar la autoridad exclusiva de la Autoridad Portuaria sobre los bienes demaniales que regresan a la circunscripción territorial de la misma. |
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Dar operatividad concreta a la función de coordinación del Presidente de la Autoridad Portuaria (ex párrafo 3, lett. f), art. 8 L. 84/94) sobre las actividades llevadas a cabo en el puerto por las distintas Administraciones Públicas. |
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Realización de la unificación y la concentración temporal de los controles sobre mercancías en los puertos por parte de las administraciones públicas competentes, así como de alinear cuantitativamente estos controles a los negociados en los principales puertos del norte Europa. En particular, establecer objetivos operativos para las Administraciones con tareas de inspección de las normas europeas. |
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Simplificar el proceso de dragado de los proyectos de los fondos marinos de las aguas portuarias, así como de las demás intervenciones relativas a las obras de infraestructura portuaria. |
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Haciendo innecesario que los terminalistas de puerto soliciten autorizaciones sobre la ejecución del mantenimiento ordinario en artefactos e instalaciones. |
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4) |
Planificación, autonomía y gobernanza |
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La necesidad de una visión nacional global coherente con las directrices de la UE sobre el desarrollo de la red transeuropea de transporte y con los planes nacionales relacionados con el transporte, las redes y la movilidad, cofinanciada, se considera la necesidad de una visión nacional global. de la Unión Europea; por lo tanto, se espera un "plan portuario nacional" que se ajuste a esta visión y aplique instrumentos de: |
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Calendario nacional, que es |
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Formalizada y coherente con las directrices nacionales y europeas, no sólo marítimas sino de redes y nodos, proporcionadas a las necesidades reales del mercado y al garante de la inversión pública y privada. |
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Estable, no inmutable después de revisar las condiciones de entrada o cambio de mercado. |
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Autonomía de las administraciones públicas portuarias, en un marco de controles de congruencia y eficiencia. |
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Gobernanza en los puertos , a través de administraciones |
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competentes en zonas dimensionales adecuadas, consistentes en sujetos acortados o mediante operaciones coordinadas |
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Financiación adecuada (en autonomía y coherente con las líneas nacionales, con mecanismos de adjudicación de eficiencia, inversión y gastos no corrientes) |
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responsable (coordinación con otras administraciones y con representación empresarial portuaria) |
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verificado (en los planes, en los resultados, en las economías de las opciones, en las relaciones mutuas en mercados similares, en la protección y en la coordinación de las inversiones públicas incluso más allá de las áreas propias). |
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5) |
Contribución adicional del sector portuario para el desarrollo de la economía y los territorios nacionales |
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Mejorar los siguientes puntos clave: |
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Mejora de la eficiencia de los enlaces y servicios físicos entre puertos, redes e interpuertos (intervenciones en infraestructuras materiales-"última milla"-e inmateriales); |
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inversiones en tecnologías como motores de la diferenciación de los servicios ofrecidos con respecto a los competidores; |
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Mantenimiento de la calidad y preparación del capital humano; |
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Mayor productividad; |
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Una fuerte atención a la economía, eficiencia y fiabilidad de los servicios prestados; |
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Capacidad de inversión de las principales empresas también en obras de infraestructura portuaria; |
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Oportunidades de integración con otros temas de cadena de suministro y/o colaboración operativa entre sujetos de las distintas filiales. |