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tiene Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció que, al prever que el precio del transporte de mercancías sobre carretera no pueda ser inferior a los costes mínimos de exercise, la reglamentación italiana viola el derecho de los EE.UU. El de hoy frase sigue la demanda vuelta a la autoridad judicial de la Unión Europea del Tribunal Administrativo Régional para el Latium al cual el Anónimo Petróleos Italiano (de las ABEJAS) había pedido la anulación de los actos del Observatorio sobre las actividades de transporte en camión relativas a los costes mínimos. El juez italiano preguntó al Tribunal de Justicia EE.UU. si la reglamentación italiana sea compatible con los principios de libre competencia, de libre circulación de empresas, de libertad de establecimiento y libre prestación de los servicios.-
- el pronunciamento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que la aplicación de un similar precio mínimo puede limitar la competencia en el mercado interno. "La reglamentación italiana relativa al transporte de mercancías sobre carretera - se acordó del Tribunal - prevé que el equivalente debido del committente no pueda ser inferior a los costes mínimos de exercise, los cuales incluyen, por una parte, el coste medio del combustible para kilómetro de curso y, del otro, los costes de exercise de la empresa de transportes. Los costes mínimos se determinan por medio de acuerdos de sector concluido entre las asociaciones de vectores y las asociaciones de committenti de servicios de transporte. En la época de los hechos, el Observatorio sobre las actividades de transporte en camión (órgano compuesto de representantes del Estado, de asociaciones de vectores y asociaciones de committenti) estaba cargado fijar los costes mínimos en caso de que no se estipulara ningún acuerdo. En del 2011 el Observatorio adoptó toda una serie de cuadros al final de fijar los costes mínimos ".
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- con el de hoy frase el Tribunal de Strasburgo se acuerda, en primer lugar, de que, a pesar de las normas de TFUE sobre los acuerdos defendidos entre empresas no se pueden adoptar no sean que comprometen para los Estados l$miembros, estos últimos sin embargo se supeditan al deber de colaboración con la Unión, así como medidas aptas para eliminar el efecto útil de tales normas. Las resultan pues violadas en caso de que un Estado l$miembro imponga o fáciles la celebración de acuerdos defendidos, reforzada los efectos de tales acuerdos o aún revocas a su reglamentación su carácter publicas delegando a operadores privados la responsabilidad de adoptar decisiones de intervención en materia económica.
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- en segundo lugar, por lo que se refiere a la reglamentación controvertida en el procedimiento principal, el Tribunal constata que el Observatorio, compuesto mayoritariamente de representantes de asociaciones de categoría y certificado que debe actuarse en interés exclusivo de la categoría, debe considerarse una asociación de empresas directamente propensa a las normas de competencia. Por lo tanto, la fijación de los costes mínimos de exercise impedido a las empresas fijar tarifas inferiores a tales costes. Por lo tanto, al limitar la libertad de los protagonistas del mercado de determinar el precio de los servicios de transporte de mercancías sobre carretera, la reglamentación italiana es apta a limitar el juego de la competencia en el mercado interno.
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- Por fin el Tribunal de Justicia de los EE.UU. observa que la determinación de los costes mínimos no es apta, nacido directamente nacida indirectamente, a garantizar la obtención del objetivo legítimo hace valer de Italia para justificar la restricción de la competencia (a saber la tutela de la seguridad vial). En efecto, la reglamentación nacional se limita a tener en cuenta la seguridad vial en manera genérica, sin redactar algún informe entre ella y los costes mínimos. Además la medida controvertida va más allá de cuánto necesarios para el refuerzo de la seguridad vial.
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- Satisfacción para la frase se expresó de Confetra, la Confederación de los Transportes y de la Logística, que en representación de las empresas de los comanditarios logísticas presentó uno de los recursos colgantes al Tribunal Administrativo Régional. "Debemos aceptar - destacó al Presidente de Confetra, Nereo Marcucci - las lecciones hay de Europa. A otra parte en nos teme de competencia no puede ser alternativo al mercado. Casi de tres años allí se nos declara disponibles a diálogo para encontrar soluciones equitativas que podían garantizar la capacidad comercial de los pequeños vectores. Hoy más que nunca este dialogo debo tener comienzo concretamente sin interferencias
políticas ".
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