La Comisión Europea ha tomado la decisión, esperada por
cargadores y transitarios y considerados perjudiciales por las empresas de
transporte marítimo mundial en contenedores, no para renovar el
Reglamento europeo de exención por categorías por el que se exime a los consorcios
entre transportistas de línea regular con arreglo a las normas de defensa de la competencia de la UE y
les permite celebrar acuerdos de uso compartido de buques para
el reparto de los espacios de carga en los buques. El reglamento expirará
y el próximo 15 de abril.
Al anunciar hoy la decisión, Bruselas explicó que había
concluyó que el Reglamento de Exención por Categorías de Consorcios (CBER) no
promueve una mayor competencia en el sector del transporte
marítima, conclusión a la que llegó la Comisión
Seguimiento del procedimiento de revisión y consulta
con las partes interesadas que se puso en marcha en agosto de 2022
(
de 9
Agosto 2022).
"Los servicios de transporte marítimo -explicaron los
El Comisario Europeo de Justicia, Didier Reynders,
Se ha encomendado la delegación temporal en materia de competencia:
esencial para el comercio europeo y mundial. Este sector
ha sufrido cambios estructurales significativos, como la
Consolidación de vectores, alianzas globales e integración
vertical, lo que da lugar a nuevas condiciones de mercado. Nuestro
ha puesto de manifiesto que una exención por categorías específica para los
Las compañías navieras ya no son adecuadas para estos
nuevas condiciones de mercado. Por esta razón hemos decidido no
prorrogar el marco jurídico vigente y dejarlo expirar el 25 de
Abril 2024'. Marco jurídico adoptado en 2009
por la Comisión Europea, que había prorrogado su validez
en 2014 y 2020.
La Comisión consideró que la información recabada
como parte de la investigación iniciada en agosto de 2022
se ha demostrado que la eficacia es baja en el período 2020-2023, y
La eficiencia de los servicios de transporte marítimo de línea
regulado por el CBER. En particular, se encontró
que, dado el número limitado de consorcios que entran en el ámbito de aplicación del
aplicación del Reglamento, el BCER aporta ahorros limitados
sobre los costes de cumplimiento para los transportistas y desempeña un papel
secundario en la decisión de las compañías navieras de
cooperar. La Comisión Europea ha precisado que, además, en el período
examinó el Reglamento ya no permitía a los transportistas
marinos más pequeños a cooperar entre sí y a ofrecer
servicios que compiten con los de los operadores más grandes.
En particular, en el informe final sobre la evaluación de la
Regulación Se señala que «la estructura competitiva de la
El transporte marítimo de línea ha cambiado drásticamente
desde que se adoptó por primera vez el CBER
tiempo en 2009. Hemos pasado -señala el documento- de una
fragmentado, con numerosos transportistas regionales y actores de larga distancia
cadena de suministro, a un sector más consolidado
pocos actores globales e integrados que durante el período de
han cooperado en el seno de las alianzas. Tal
Los cambios estructurales -destaca el documento- no sólo han
redujo el número de vectores pequeños y medianos que
podrían beneficiarse de CBER, pero también cuestionaron
la conveniencia de una exención por categorías específica para
sector. Aunque estos cambios ciertamente son anteriores a la
período de evaluación, su impacto total en la operación
de la cadena de suministro global solo podía medirse en
últimos tres años, cuando las condiciones críticas del mercado
desencadenó reacciones en cadena y puso de manifiesto las debilidades del sistema
Comercio de la UE. Estas debilidades -especifica el informe- no
puede y no debe asignarse a consorcios que se beneficien de
Exención. Esto, sin embargo, tampoco debería
disminuir la oposición a la CBER expresada por los usuarios del transporte, y
por parte de los operadores portuarios, ni obstruir una evaluación
objetiva, exhaustiva y basada en pruebas por el CBER».
«El
Pruebas recogidas por los transportistas - continúa el informe - aspectos destacados
eficacia y eficiencia, limitadas en el mejor de los casos,
del CBER durante el período de evaluación. De hecho, sea el número
un pequeño número de consorcios individuales que entran en el ámbito de aplicación de la
CBER en 2020 (13 de 43) y el perfil de estos consorcios (y
siempre involucró a una de las cinco principales aerolíneas del mundo, que fue
miembro de un consorcio no exento que opere en el mismo
tráfico) tienden a mostrar que el CBER ha contribuido a los transportistas
Ahorros limitados en costos de cumplimiento y ya no tiene
logró su objetivo. El objetivo -recuerda el documento- era
Facilitar la creación y operación de consorcios
pro-competencia, en particular entre los pequeños y medianos transportistas
tamaño».
"Además, leemos de nuevo en las conclusiones de la
calificación: los operadores argumentan que los términos clave de CBER
claras, inequívocas y accesibles a todos los transportistas,
particular a los de pequeño tamaño. Sin embargo, su
la retroalimentación tiende a mostrar interpretaciones divergentes de CBER, incluso
entre los grandes transportistas con experiencia probada en la aplicación
Normas antimonopolio y recursos de cumplimiento.
Por último, los transportistas confirman que la decisión de
El consorcio se mueve por las necesidades comerciales y eso gobierna
La defensa de la competencia, a lo sumo, juega un papel secundario".
«Por lo que se refiere a la primera parte de la evaluación, sí
luego se lee en el documento, las pruebas presentadas por los transportistas a
apoyo a las supuestas mejoras de eficiencia
no concluyentes, en particular debido a la imposibilidad de
superar algunas limitaciones metodológicas. Estas limitaciones hacen que
Es difícil establecer vínculos causales entre los consorcios y los beneficios para los
consumidores. Las limitaciones incluyen la ausencia de contrafácticos,
la interdependencia de las posibles causas de las prestaciones consideradas y la
Volatilidad de los fletes. Evolución del mercado en el sector
Durante el período de evaluación, tienden a confirmar tanto la
rigidez de la demanda de servicios de transporte marítimo
y la limitada elasticidad de la oferta. Asnsieme,
Estos dos factores reducen la probabilidad de que
Las eficiencias de costos logradas por los transportistas son
transferidos a los usuarios del transporte. Además, es difícil
consideran que los consorcios son indispensables en el sentido del artículo
Con arreglo al artículo 101, apartado 3, del TFUE, con el fin de lograr la eficiencia
que el sector está sujeto a medidas vinculantes a nivel
internacional y de la UE para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y
contaminación».
«Por lo que respecta a la segunda parte de la evaluación:
El documento continúa - Las interrupciones experimentadas por varios
agentes de la cadena de suministro de la UE y transitarios durante la
La pandemia de Covid-19 muestra los límites de una herramienta antimonopolio.
Esto se debe a que CBER ha ayudado a mercantilizar los servicios.
de transporte marítimo de línea, mientras que la capacidad de
Los cargadores aprovechan el aumento de la escala y el alcance
de vectores está limitada por los límites de capacidad de
otros actores de la cadena de suministro (p. ej.
operadores portuarios y terrestres). Más concretamente, si el
usuarios del transporte reconocen que los consorcios han apoyado
inversiones necesarias para gestionar los servicios intercontinentales a un nivel
Menor costo unitario y tiempo de tránsito más rápido, ahora
que los consorcios parecen contribuir a un mercado en el que
El costo de entrada se ha vuelto prohibitivo y donde el
La diferenciación del servicio ha desaparecido en detrimento de la
cargadoras. Además, la disminución de la conectividad
directa (es decir, el número de pares de países que pueden ser
sin transbordo), iniciada antes de la crisis de la COVID-19,
durante el período de evaluación, mientras que
Se ha demostrado empíricamente que las conexiones marítimas regulares
ayuda directa a reducir los costos comerciales y aumentar los
volúmenes de negociación».
"En general", concluye el informe, "CBER no
Parece más adecuado a su propósito, ya que no cumple con los requisitos
criterios de eficacia, eficiencia y valor añadido de la UE. Éste
La conclusión se basa en la información presentada por las partes
en comparación con el período 2020-2023 y otras evidencias
recogidos en el curso de la evaluación en relación con la operación
el sector del transporte marítimo de contenedores y la contribución de la
a la competitividad de este sector».
La Comisión Europea ha recordado que la no renovación de la
La validez del Reglamento no significa que, tras la expiración
de la norma, la cooperación entre los transportistas marítimos se convierte en
ilegales con arreglo a las normas antimonopolio de la UE, con transportistas
que operen hacia y desde la UE, después del 25 de abril, evalúe la
compatibilidad de sus acuerdos de cooperación con
normas europeas de defensa de la competencia sobre la base de las directrices
Nuevo Reglamento de exención por categorías para los acuerdos
y en el nuevo Reglamento sobre
especialización adoptada por la Comisión el pasado mes de junio.
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