
El 21 de agosto, la Autoridad Reguladora de
Trasporti ha publicado dos dictámenes solicitados por la Autoridad de Transporte
Sistema portuario del Mar Tirreno Central relativamente
la prórroga de la duración de los contratos de concesión solicitados
del So.Te.Co. y Co.Na.Te.Co., empresas que operan el
terminales de contenedores del mismo nombre en el puerto de Nápoles. So.Te.Co., propietario
de una concesión que expira el 2 de abril de 2029, el 28 de marzo de 2029
solicitó a la Autoridad Portuaria de Campania una prórroga de cinco años de la duración
de la concesión para poder amortizar y recuperar la
inversiones relacionadas con las intervenciones necesarias para la adaptación
de las instalaciones portuarias y para el mantenimiento de la funcionalidad de la
de la concesión. De manera similar, Co.Na.Te.Co., titular de un
concesión que expira el 23 de marzo de 20298, el 7 de noviembre de 20298
Se ha pedido a la Autoridad Portuaria que amplíe la duración del contrato en cinco años
de la concesión por los mismos motivos.
En sus dos dictámenes, la ART destacó que «parece que
es necesario que el plan de inversión y el período correspondiente de
amortización son consistentes con la extensión de la duración de la
concesión en cuestión» y señaló que,
en relación con las solicitudes presentadas por las dos empresas
terminalistas, el plan económico-financiero "no es
completamente completado debido a que no se completó el
Desglose anual de las inversiones realizadas para los
intervenciones y por la falta de inclusión de la depreciación
relacionadas con inversiones realizadas antes de 2025, pero aún no
totalmente depreciado en esa fecha». También señaló
que en el "plan financiero provisional, la mejora de la
del punto 2 - flujo de caja operativo (FCON), es el
la suma de la gestión de la inversión solamente, omitiendo
también tener en cuenta el flujo de caja de la gerencia
actual; una integración en este sentido parece apropiada a los efectos de la
de la valoración correcta del artículo en cuestión. No lo es
también se proporcionó el cálculo del valor actual neto, ni
cualquier metodología alternativa utilizada, que, sobre la base de
de las inversiones previstas en el calendario, garantizar la adecuación
Determinación de la duración de la prórroga de la concesión
en cuestión; por lo tanto, una integración en este sentido parece apropiada
de la documentación aportada".
Finalmente, el ART informó una discrepancia en el horizonte
el tiempo de las concesiones y la duración de las concesiones propiamente dichas,
que se solicita que se prorrogue cinco años después de la fecha de vencimiento
actualmente lo establecí para So.Te.Co. está fechado el 2 de abril
2029 y para Co.Na.Te.Co. hasta el 23 de marzo de 2029. La autoridad de
Regulación de Transporte señaló que, de hecho, el plan de transporte
la amortización termina en So.Te.Co. hasta 2038 y para Co.Na.Te.Co. por
2036 y "por lo tanto aparece la amortización de las inversiones
completarse en una fecha posterior a la fecha que daría lugar a la
de la concesión si se aceptara la solicitud de prórroga"
(2034)'. Los dos dictámenes especifican que para el año 2034, además,
Todavía hay activos fijos tangibles para So.Te.Co. y para
Co.Na.Te.Co. que ascienden a aproximadamente 1,2 millones y 14,9 millones respectivamente
de euros "derivados no solo de la falta de depreciación completa
de nuevas inversiones, sino presumiblemente también de más
inversiones planificadas y realizadas previamente. Además
el horizonte temporal indicado en las fichas I. (Previsiones de la demanda)
y IV. (Esquemas contables) no parece coherente con la fecha de vencimiento
de la concesión en caso de aprobación de la prórroga, dado que
Ambas hojas se refieren a 2035. Cabe señalar - continúa con el
ART- que estas circunstancias parecen estar en conflicto con el
disposiciones, así como con la justificación general, de las reglas
aplicable a la medición de la duración de la
concesiones al plan de inversiones, también destinadas a evitar la
los nuevos concesionarios se encargarán de la adquisición de la
expiración de la concesión".