La Comisión de la UE ha confirmado la validez del apoyo público a las empresas Siremar/SNS y Toremar/Moby
Solicitud a Italia de recuperar aproximadamente 1,9 millones de euros para algunas ayudas a Siremar/SNS
17 Juin 2021
Si en enero de 2014 la Comisión hubiera establecido que algunos las medidas de apoyo en favor de Saremar eran incompatibles con la Normas sobre ayudas estatales de la UE (
del 22 Enero de 2014) y en marzo de 2020 había concluido su investigación sobre Tirrenia y su comprador CIN (
de los 2 marzo de 2020), y si la investigación relativa a Caremar, Laziomar y algunas medidas de apoyo en favor de Saremar siguen en vigor curso, terminado en lugar de otro en lo referente a Siremar y Señor Toremar. En particular, la Comisión llegó a la conclusión de que la compensación por obligaciones de servicio público concedidas por desde 2009 a Sicilia Regionale Marittima Spa (Siremar) y Toscana Regionale Marittima Spa (Toremar) para la gestión de servicios ferry cumple con las normas de ayuda de la UE a nivel estatal y que lo mismo se aplica a la compensación concedida a sus compradores, respectivamente Compañía naviera Siciliana (SNS) desde 2016 y Moby Spa desde 2012. La Comisión considerado incompatible con las normas de la UE sobre ayuda estatal algunas otras medidas en favor de Siremar, actualmente en liquidación, y SNS. La Comisión Europea ha especificado que Italia tendrá que recuperar unos 1,9 millones de euros ayuda ilegal, incluidos los intereses.
Por lo que se refiere a las medidas en favor de Siremar y su sns comprador a partir de 2009, la Comisión concluyó que el compensación por obligaciones de servicio público (aproximadamente 199 millones concedida a Siremar para la gestión de veinte rutas zonas marítimas, agrupadas en cinco zonas geográficas, a partir del 1 de enero de 2019 2009 al 1 de agosto de 2012, es - para dieciséis rutas - compatible con el Reglamento de 2011 sobre los servicios de interés la política económica general (SEG) y la Decisión SEG de 2005 para quedan cuatro rutas marítimas. Esta compensación - explicada la Comisión - satisfizo una necesidad real de servicio garantizar conexiones regulares durante todo el año y, además, la ayuda concedida no dio lugar a una compensación excesiva a favor de Siremar. Sobre la compensación de las obligaciones de servicio (aproximadamente 668 millones) concedidos al SNS para la gestión de rutas entre el 11 de abril de 2016 y el 11 de abril de 2016. 2028 así como el procedimiento de licitación para la venta de la El negocio de Siremar a SNS no se configura entonces como ayuda a estado porque se cumplen los criterios establecidos en el caso C-280/00, Altmark Trans. La Comisión de la UE también especificó que la capacidad de utilizar recursos de un fondo nacional para satisfacer las necesidades de liquidez de Siremar no constituye ayuda estatal, ya que no es una medida de ayuda adicional, pero es equivalente a simplemente a una transferencia dentro del Estado a financiar la compensación de las obligaciones de servicio público. el posibilidad, entonces, de utilizar con fines de liquidez determinados fondos destinados a la modernización de los buques para Los requisitos de seguridad no deben considerarse como una ayuda para Estado porque, en última instancia -explicó la Comisión- Siremar no hizo uso de esta posibilidad.
Por otro lado, en cuanto a la prórroga ilegal de un año, más de seis meses ayuda de salvamento a Siremar - ha sido la Comisión ha especificado - es incompatible con el Directrices de 2004 sobre ayudas estatales de salvamento y salvamento y reestructuración de las empresas en crisis y debe Obtenido. Italia también tendrá que recuperar el exenciones de determinados impuestos concedidos a Siremar y al SNS en El contexto del proceso de privatización, lo que se traduce en una reducción de de los costes que de otro modo ambas compañías habrían tenido que exenciones que, por lo tanto, constituyen ayudas incompatibles Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
La Comisión ha anunciado que el importe a recuperar es de unos 1,7 millones de euros del SNS y 200 mil euros del Siremar, cifras que incluyan los intereses aplicables a la recuperación. el Comisión, observando que no hay continuidad entre Siremar y SNS, especificó que la obligación de reembolsará la cantidad de 200 mil euros no se transferirá a SNS.
Por lo que se refiere a las medidas en favor de Toremar y su La Comisión explicó que, a partir de 2009, la Comisión explicó que compensación por obligaciones de servicio público (unas 32 millones de euros) concedido a Toremar para la gestión de cinco rutas del 1 de enero de 2010 al 1 de enero de 2012, fue compatible con el marco de las SIY de 2011. Esta compensación - aclaró la Comisión - satisfizo una necesidad real de servicio público que garantiza conexiones regulares en todo momento el año, y la ayuda concedida no dio lugar a una compensación excesiva a favor de Toremar. Compensación de las obligaciones de servicio público (aproximadamente 175 millones de euros) concedido a Toremar y Moby para la gestión de seis rutas en el período de 2 Enero de 2012 y 31 de diciembre de 2023, así como el licitación para la venta de Toremar a Moby, no constituyen ayuda nivel estatal porque los criterios establecidos en el Asunto C-280/00 Altmark Trans. También en este caso, la Comisión especificó que la capacidad de utilizar recursos de un fondo nacional para satisfacer las necesidades de la liquidez de Toremar no constituye ayuda estatal dado que no se trata de una medida de ayuda adicional, pero equivale a una transferencia dentro del estado financiar la compensación de las obligaciones de servicio público, y que la capacidad de utilizar con fines de liquidez determinados fondos destinados a la modernización de los buques para Los requisitos de seguridad no deben considerarse como una ayuda para estado como Toremar, así como Siremar, usted no tiene hizo uso de esta posibilidad. Por último, algunas exenciones fiscales relacionados con el proceso de privatización en Toremar no constituyen las ayudas estatales, ya que no confieren una ventaja económica, o a Toremar o Moby.
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