Las asociaciones navieras italianas Confitarma y Assarmatori denunció que tras la entrada en vigor del decreto Legislativo 8 de noviembre de 2021, n.197, relativo a la transposición de la Directiva Europea 2019/883 relativa a las instalaciones portuarias receptoras de la entrega de desechos de buques, en puertos nacionales son Se han introducido mayores costos y nuevas restricciones burocráticas. Emblemático en este sentido -explicaron las dos organizaciones- es el caso de los buques de línea de las autopistas del mar para los que La nueva legislación confirmó la estructura de la exención preexistentes, según los cuales los buques en posesión de la Los requisitos verificados por la autoridad marítima podrían Entregar los residuos solo en un puerto a lo largo de la ruta. "El único novedad real, además de la obligación de estipular un Contrato de servicio con una instalación de recogida ubicada en una de las puertos a lo largo de la ruta del barco (a veces difíciles de respeto) - han especificado Confitarma y Assarmatori - es representado por el hecho de que los requisitos ahora deben ser verificados de la Autoridad del Sistema Portuario, que debe emitir certificado de exención adecuado.» Es - tienen subrayó las dos asociaciones: de "un de obligación ya que el AdSP no emite tales certificados y Como resultado, muchos buques, manteniendo los requisitos legales, han perdido efectivamente su estado de exención, lo que resulta en Aumento injustificado de los costes y las cargas administrativas de la retirada residuos, imprevistos anteriormente».
Confitarma y Assarmatori destacaron entonces que, "en el en contra, para los proveedores de servicios de recogida y eliminación, que en la mayoría de los casos siguen operando bajo el monopolio aunque la nueva regla ya no prevé la presencia Independientemente de un solo operador, hay un aumento injustificado de los ingresos, sin ningún cambio o Planes de recogida de residuos o planes de residuos relacionados inversión».
"Otra aplicación de anomalía grave: volvieron a comentar Las dos asociaciones - se registra en la interpretación del concepto exención. Decreto Legislativo 197/2021, transponiendo fielmente La Directiva, finalmente ha aclarado que la exención en puertos largos La ruta del buque abarca las tres obligaciones (notificación, contribución, pago) y que las Autoridades del Sistema El puerto debe definir criterios específicos para la determinación de las tarifas que se aplicarán únicamente en el puerto en el que efectivamente La concesión tiene lugar. Desafortunadamente, en cambio, encontraron Confitarma y Assarmatori - varias autoridades del sistema Portuale prevé expresamente la exención únicamente de obligaciones de notificación y concesión, pero no a partir del pago del arancelario, mortificando la esencia y el alcance de la propia norma».
"Durante años - concluyeron Confitarma y Assarmatori - Habla de simplificación, transparencia y desburocratización de la sector del transporte marítimo, pero tal marco configura un Situación opuesta. Por lo tanto, las dos asociaciones de armadores esperan que estas normas se apliquen en su totalidad, sin normas claras injustificadas y mal interpretadas, y indiscutible".