Firmado el acuerdo con los sindicatos para la desinversión de Tirrenia a CIN
El acuerdo prevé el paso de todo el personal, así como el mantenimiento de la condición de pago actual.
29 Novembre 2011
La última noche Tirrenia, la compañía italiana de navegación (CIN) y Fedarline firmaron el acuerdo con los sindicatos como parte del procedimiento de consulta sindical previsto para la venta a CIN de Tirrenia de la rama de negocios de "cabotaje". El acuerdo, que publicamos a continuación, prevé la transición a CIN de todo el personal de Tirrenia, tanto de navegación como administrativo, así como el mantenimiento de las actuales condiciones salariales, reglamentarias y económicas pendientes de la renovación de la el contrato expiró el año pasado.
Ahora es necesario esperar al pronunciamiento sobre el paso de Tirrenia al CIN por parte de la autoridad antimonopolio europea.
El acuerdo fue valorado positivamente por los sindicatos. "La calidad del acuerdo es lo suficientemente buena: de hecho, sigo firme la garantía de trabajo económico y continuo por la duración de los años dos con el inicio del último día de la adquisición final por parte de CIN", dijo el funcionario en una nota.
Aún desconocido para todas las partes firmantes de este acuerdo porque a la espera de la respuesta final de los vigilantes antimonopolio de la Unión Europea, hemos dado un impulso a la continuación de la confrontación en el tiempo por venir, con el la previsión de un contrato ex-novo que conduce al empleo y a la estabilidad económica de todos los trabajadores hoy empleados a bordo y en el terreno, así como los avances en la carrera vinculados al funcionamiento. "
ACTAS DE CONSULTA Y ACUERDO
EX ARTT. 47 LEGGE 428/90, 63 D. LGS. 8 DE JULIO DE 1999, N. 270 Y 5, COMMA 2-TER, LEGGE 23 DE DICIEMBRE DE 2003, N. 347, CONVERTIDO EN LEY 18 DE FEBRERO DE 2004, N. 39 Y POSTERIORES MODIFICACIONES E INTEGRACIONES
El día 28 de noviembre de 2011, en Roma, en las instalaciones de Confcommerce, se reunieron:
Tirrenia S.p.A. en A.S., a continuación para la brevedad "TIRRENIA", en persona de la Comisaria Strat, la Dra. Giancarlo D' Andrea, asistido por Avv. Rosario Salonia;
Empresa Italiana di Navigazione S.r.l. abajo para la brevedad "CIN", en persona del Director Ejecutivo, Dr. Ettore Morace, asistido por Avv. Alberto Maggi;
FEDERLINE, en persona de Sigg.ri Michele Ruggieri, Filippo Allegra y Antonio Fortuna;
FEDERMAR CISAL, en persona de los Sigg.ri Alessandro Pico, Giovanni Brancaccio y Vincenzo Mormile, Bruno Cuomo, Michele Galliano y Carlo Mezzaner;
UGL TRANDEPORTES, en persona de los Sigg.ri Fabio Milloch, Pasquale Mennella y Almerico Romano, Ciro Esposito y Francesco Vitiello;
USLAC-UNCDIM, en persona de Sigg.ri Antonino Nobile y Vincenzo Vitiello;
a continuación, para la brevedad, todos los cuales también se denominan conjuntamente las "partes", para completar el procedimiento de consulta sindical, ya iniciado en virtud del artículo 47 de 428/90 por TIRRENIA en A. S. y la compañía italiana de Navigazione S.r.l. ("CIN") por carta de 30 de mayo de 2011, posteriormente suspendida y reiniciada por TIRRENIA en A.S. y por CIN por carta de 9 de noviembre de 2011 y relativa a la desinversión del Ramo d' Azienda "Cabotaje" preplanteada a la prestación del servicio de enlace de que al régimen convencional, así como al servicio prestado en otros tractos operados directamente fuera de la mencionada relación convencional por TIRRENIA en A.S., que constituyen a partir de los elementos enumerados en el escrito de inicio de este procedimiento (de siguió el "Ramo d' Company").
El Comisario extraordinario ha retrazado las distintas fases del Programa de Subvenciones a CIN del complejo corporativo de TIRRENIA en A.S., escrito por el Ministerio de Desarrollo Económico el 23 de mayo de 2011, previo dictamen favorable del Comité de Vigilancia del 20 de mayo de 2011, confirmando que el 25 de julio de 2011, se firmó entre TIRRENIA en A.S. y CIN un contrato de venta del Ramo de la Compañía, cuya eficacia está condicionada de forma suspensiva al experimento positivo de las verificaciones demander ante la Autoridad de Supervisión de la Competencia y el Mercado y la Comisión Europea, actualmente en curso, de lo que resultará en la suscripción de la nueva convención de servicio público.
De acuerdo con lo previsto por el art. 63 de D. Lgs. n. 270/1999 y del art. 5, párrafo 2-ter, por D. Lgs. n. 347/2003, en el marco del procedimiento previsto por el art. 47, apartado 1, de la Ley 428/90, han sido profundizadas por las Partes: a) las razones de la desinversión de la rama de actividad; b) sus consecuencias jurídicas, económicas y sociales para los trabajadores; c) las medidas previstas para este último.
TIRRENIA en A.S. y CIN han confirmado lo ilustrado en la carta recordada del 30 de mayo de 2011 y en las reuniones posteriores relaciones sexuales.
En particular, el representante de CIN, después de haber esbozado en sus líneas esenciales la nueva articulación organizativa que se dará al Ramo de la Compañía, ha predicho que la compañía se transformará en S. p.A., tendrá un capital social de 40 mln euros y seguirá utilizando la marca "Tirrenia".
El representante de CIN también ha esbozado las líneas principales del Plan Industrial de la nueva Sociedad, que prevé:
la recapitalización de la empresa;
el mantenimiento estructural de todos los buques, con excepción de los cuatro buques de la serie "Roads" que, debido a la reducción de la capacidad prevista en el Acuerdo de Stockolm, se sustituirá recientemente;
el desarrollo de políticas comerciales y canales de venta;
el uso de toda la fuerza de trabajo actual de TIRRENIA, que se mantendrá, en el tiempo, en coherencia a la estructura organizativa, también relacionada con las obligaciones de servicio en virtud de la estipulación de la Convención;
la mejora gradual de toda la flota, aumentando el suministro de metros lineales y de pasajeros en algunas líneas, como la Civitavecchia-Arbatax-Cagiiari, Napoli-Cagliari y la Ravenna-Catania,
la mejora de la calidad de los servicios a bordo, incluso mediante la formación del personal implicado.
El representante de CN, sostuvo que para el buen funcionamiento de las Redes Corporativas, se requiere la contratación de todo el personal administrativo y de todo el personal que navegue (R.O. y C.R. L) en la fecha de la efectividad del contrato de acauisto dei Ramo d' corporate, así como el mantenimiento del presente Turno en particular, ha confirmado que, habiéndose hecho efectivo el acuerdo de compra pertinente, se pondrán en marcha las siguientes acciones:
será subescrito por CIN el nuevo convenio de servicio público y será en consecuencia llevado a cabo por TIRRENIA en A.S. en el mismo CIN la entrega del Ramo de las explotaciones;
una propuesta será formulada por CN una propuesta de contratación a todo el Personal Administrativo y a todo el Personal que navegue (R.O. y C.R.L.) en vigor en la fecha de efectividad del contrato de compra del Land Corporativo; esta propuesta, subordinada a la aceptación por parte de los beneficiarios, respetará los profesionales adquiridos, con el reconocimiento de los niveles salariales individuales actuales y la asignación en las instalaciones de CIN;
será, al mismo tiempo, presentado por CIN a la comunicación apropiada al personal inscrito en las diferentes listas del Cambio Particular (T.P.) de TIRRENIA S.p.A. en A.S., en la configuración actual de los mismos, de embarque con las mismas modalidades seguidas hasta el momento;
serán contratados por CIN, en caso de fallo del T.P., los trabajadores inscritos en las listas de temporada, en la configuración existente en el acto de la eficacia de la desinversión, o procedentes del Turno General;
se dará mediante la aplicación transitoria de CIN del actual acuerdo contractual con el fin de llegar lo antes posible a una regulación colectiva renovada y compartida de las relaciones laborales.
El representante de CIN confirma que la venta prevista de una rama de actividad no implicará para los trabajadores afectados ninguna otra consecuencia jurídica, económica y social para los trabajadores afectados, y se garantizará a la igual que lo previsto por el art. 63, apartado 2, de D. Lgs. n. 270/1999.
El OO.S., tomado nota de las comunicaciones del representante de CIN, pidió que se aclarara la manera de aplicar la nueva negociación y sus contenidos y recordó los compromisos asumidos por el Gobierno sobre la salvaguarda de la niveles de empleo actuales en el tiempo.
La OO.Ss también pidió que se aclarara más el contenido de la propuesta de contratación que se formalizará al personal administrativo y de navegación; sobre las consecuencias del posible rechazo por parte de los trabajadores de la contratación propuesta. de la Cesionaria; sobre las modalidades de la contractualización de los informes de trabajo del personal inscrito en el Cambio Especial (TP o FCRL) de TIRRENIA en A. S., sobre las razones de la no ampliación de las garantías de empleo a los empleados registrados en las Listas estacionales o procedentes del Turno General y del plan discontinuidad de las relaciones de trabajo en estar con el cedente y ser reconstituido con el Cesionario.
Los representantes de TIRRENIA en A.S. y CIN, en el cumplimiento de las aclaraciones requeridas y en la confirmación de todos los compromisos asumidos para salvaguardar los niveles de servicio, empleo y renta, han reiterado, tras un extenso debate, que la La contratación será indefinida e ilustrada las razones por las que, según las previsiones de la legislación vigente y en particular para las empresas de administración extraordinaria que ejercen servicios públicos, el arte no se aplica. 2112 c.c.
Tras un amplio debate, las Partes se darán la oportunidad de disponer de expertos y celebrar el procedimiento de consulta de la unión comercial previsto por los arts. 47 ley 428/90 y s.m.i., 63 D. Lgs. 8 de julio de 1999, n. 270 y 5, párrafo 2-ter, Ley 23 de diciembre de 2003, no. 347, convertido en ley 18 de febrero de 2004, n. 39 y posteriores modificaciones y adiciones y haber alcanzado lo siguiente
ACUERDO
Los locales, así como los anexos, formarán parte integrante de los presentes minutos,
CIN, que se ha hecho efectivo el contrato de compra del Ramo de la Compañía, hará una propuesta para la contratación indefinida a todo el Personal Administrativo y a todo el Personal que navegue inscrito en los regímenes contractuales de TIRRENIA en A.S. de El Rol Orgánico (RO) y Trabajo de Informe de Continuidad (CRL), con las garantías aportadas por el art. 63, apartado 2, de D. Lgs. n. 270/1999 y respetando la profesionalidad adquirida y/o las funciones, los niveles salariales individuales actuales y, transitoriosamente, a la espera de la definición del nuevo acuerdo contractual compartido, las actuales condiciones económicas y reglamentarias.
La propuesta de contratación se formulará a los trabajadores, en función de sus disposiciones contractuales, utilizando la carta adjunta a los presentes minutos, bajo las letras A), B). A los trabajadores inscritos en el Shift Particular (TP) de TIRRENIA en A.S., se enviará la correspondiente comunicación según el Anexo C).
La contratación y/o contratación estará subordinada a la plena aceptación por parte de los trabajadores de la propuesta formulada por CIN y será deducida a partir de la fecha que se muestra en la misma, sin acuse de recibo de ninguna antigüedad convencional.
El importe correspondiente a los aumentos periódicos de la antigüedad devengados en la fecha de terminación de la relación de trabajo con TIRRENIA en A.S. se pagará como un supermínimo individual no absorbible individual, manteniendo la incidencia en todas las instituciones remuneración, también diferida.
La relación de trabajo intercurrencial con TIRRENIA en A.S. se resolverá por consentimiento mutuo al acto de contratación y/o contratación de trabajadores por CIN.
El personal inscrito en el Shift Particular (TP) de TIRRENIA en A.S. será retenido en el régimen contractual pertinente y será embarcado por CIN con las mismas modalidades seguidas hasta el momento. Cualquier necesidad adicional de navegación de personal se cumplirá, en caso de un fracaso del TP previsto, dando prioridad a los trabajadores ya inscritos en las Listas de temporada o procedentes del histórico general Turno.
Los informes de trabajo, así establecidos, se liquidarán transitoriosamente, a la espera de la definición del nuevo acuerdo contractual compartido, de las actuales condiciones económicas y reglamentarias de la disciplina de la negociación colectiva nacional de trabajo y la negociación de segundo nivel actualmente aplicado para el personal administrativo y el personal de navegación dentro del ámbito de TIRRENIA en A.S.
Las negociaciones para llegar a la identificación de un nuevo acuerdo contractual se iniciarán como resultado de la transición a CIN de la Ramo d' Company y el refinamiento del plan industrial, teniendo como referencia la CCNL Fedarline, en el proceso de renovación, y como parte de estas negociaciones también se examinarán: las cuestiones relativas a la mejora de la antigüedad individual acumulada por los trabajadores empleados en el ámbito del cabotaje, las Mesas de Armamento para verificar su adecuación, la unificación de los turnos de trabajo y la redefinición de la misión de las sedes administrativo periférico, destinado a garantizar su mantenimiento.
Leído, confirmado y suscrito.
Tirrenia di Navigazione S. p.A en A.S.
FEDERAR CISAL
Empresa Italiana di Navigazione S.r.l.
TRANSPORTE UGL
FEDERLINE
USLAC-UNCDIM
Todo. Al Acta del Acuerdo de 28/11/2011
Carta modelo de contratación administrativa
[en el membrete de la compañía italiana de Navigating S. r.l.]
Nápoles, [o]
Egregio Sr.
[o] [o]
Vía [o], [o]
[o], [o]
Asunto: propuesta de contratación
Tras el acuerdo de unión comercial celebrado en la fecha [o] 2011 en el marco del procedimiento ex arte 47 de l. n. 428/1990 relativo a la desinversión del Ramo d' Azienda "Cabotaje" de Tirrenia s.p.a. en AS (en la continuación de Tirrenia), empresa italiana de Navigazione S.r.l. (en lo sucesivo, CIN) propone, con el presente, la asunción de sus dependencias indefinidamente con efecto a partir de la fecha de la eficacia de dicha cesión a todos los efectos de la ley y del contrato, mientras que se mantiene su actual asiento del trabajo.
De conformidad con los términos del Acuerdo Comercial de Comercio de 28 de noviembre de 2011, a la espera de la definición del nuevo acuerdo contractual, su relación laboral se regirá temporalmente por el mismo marco y por el mismo tratamiento económico, y Normativa individual y, por tanto, con reconocimiento de su nivel actual y partidas salariales, de las previsiones de negociación colectiva vigentes hasta la fecha en el ámbito de Tirrenia.
Los scats de antigüedad a cualquier título dado por usted devengado hasta el último día laborable de su relación con Tirrenia se congelará y se introducirá como remuneración en su cheque de pago bajo el título "supermínimo no absorbible", que será entregado por 14 mensilidad mientras se mantiene la incidencia en todas las instituciones de pago, incluso diferido.
En caso de aceptación por parte de usted de los términos y condiciones descritos anteriormente, que también implicará la terminación de la relación de trabajo con Tirrenia, le pedimos amablemente que nos devuelva copia del presente de usted suscrito para aceptación.
Empresa italiana de Navigazione S.r.l.
Director Gerente
Ettore Morace
_______________________
Para la aceptación:
[o]
_______________________
Todo. B del Acta del Acuerdo de 28/11/2011
Plantilla de carta de admisión de
[en el membrete de la compañía italiana de Navigating S. r.l.]
Nápoles, [o]
Egregio Sr.
[o] [o]
Vía [o], [o]
[o], [o]
Asunto: propuesta de contratación
Tras el acuerdo de unión comercial celebrado en la fecha [o] 2011 en el marco del procedimiento ex arte. 47 de la l. n 428/1990 sobre la desinversión del Ramo d' Azienda "Cabotaje" de Tirrenia di Navigazione s.p.a. en A.S. (en la continuación de Tirrenia), empresa italiana de Navigazione S.r.l. (en lo sucesivo "CIN") Propone, con el presente, la contratación a sus dependencias de forma indefinida bajo C.R.L. a partir de la fecha de la efectividad de dicha cesión a todos los efectos de ley y contrato.
De conformidad con los términos del Acuerdo Comercial de Comercio de 28 de noviembre de 2011, a la espera de la definición del nuevo acuerdo contractual, su relación laboral se regirá temporalmente por el mismo marco y por el mismo tratamiento económico, y Normativa individual y, por tanto, con reconocimiento de su nivel actual y partidas salariales, de las previsiones de negociación colectiva vigentes hasta la fecha en el ámbito de Tirrenia.
Los scats de antigüedad a cualquier título dado por usted devengado hasta el último día laborable de su relación con Tirrenia se congelará y se introducirá como remuneración en su cheque de pago bajo el título "supermínimo no absorbible", que será entregado por 14 mensilidad mientras se mantiene la incidencia en todas las instituciones de pago, incluso diferido.
En caso de aceptación por parte de usted de los términos y condiciones descritos anteriormente, que también implicará la terminación de la relación de trabajo con Tirrenia, le pedimos amablemente que nos devuelva copia del presente de usted suscrito para aceptación.
Empresa italiana de Navigazione S.r.l.
Director Gerente
Ettore Morace
_______________________
Para la aceptación:
[o]
_______________________
Todo. C del Acta del Acuerdo de 28/11/2011
Modelo de comunicación TP
[en el membrete de la compañía italiana de Navigating S. r.l.]
Nápoles, [o]
Egregio Sr.
[o] [o]
Vía [o], [o]
[o], [o]
Tras el acuerdo de unión comercial celebrado en la fecha [o] 2011 en el marco del procedimiento ex arte. 47 de la l. n 428/1990 relativo a la desinversión del Ramo d' Azienda di Tirrenia di Tirrenia di Tirrenia di Navigazione s.p.a. en AS, empresa italiana de Navigazione S.r.l. Se comunica con el presente que como resultado de la mencionada cesión, Lei permanecerá inscrito en el Turno La misma lista y el mantenimiento del ranking hasta ahora se han adquirido en la misma lista.
De conformidad con los términos del Acuerdo de la Unión Comercial de 28 de noviembre de 2011, a la espera de la definición del nuevo acuerdo contractual, el régimen especial de buques se regirá temporalmente por las previsiones de negociación colectiva. aplicable en la fecha de la desinversión en el ámbito de Tirrenia y aplicado con el mismo modo.
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