Después del Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Calabria, el Consejo de Estado también ha
aceptó las razones de la Autoridad del Sistema Portuario de los Mares
Mar Tirreno y Jónico del Sur, desestimando el recurso de casación
propuesta por la Società Petrolifera Gioia Tauro (SPGT) en el
contra la Autoridad Portuaria, que había rechazado las solicitudes de
concesión presentada por la empresa en 1995 para la
Construcción de un depósito costero para el almacenamiento de aceites
minerales (gasolina y diesel) con una capacidad de 40 mil metros cúbicos
Organizado en 14 tanques. El Consejo de Estado - destacado
la AdSP, comentando el pronunciamiento del Palazzo Spada - juzgado
«Es totalmente legítimo denegar una solicitud privada que,
a través de financiamiento público de conformidad con la Ley N° 488,
tristemente conocido en el territorio calabrés, le hubiera gustado darse cuenta
un asentamiento carente de interés público en una zona con evidentes
sísmica, tanto es así que el complejo procedimiento preliminar no había sido
nunca perfeccionado a lo largo de las décadas".
El caso comenzó en 1995 cuando el SPGT presentó una solicitud
concesión a la Autoridad Portuaria de Reggio Calabria. Después
en 1997
la Autoridad Marítima se expresó con una aceptación parcial
y llegó a la conclusión de un acto de sumisión que preveía la
concesión por parte de la Administración Pública de la
Posibilidad de iniciar las obras, con la reserva de bloquearlas
ante el resultado negativo de la investigación, definiendo también su
la consiguiente y total asunción de responsabilidad por parte de la
del sector privado. Tras la firma de la escritura provisional en 1998, la Sociedad
Petrolifera Gioia Tauro comenzó a trabajar mientras el
administrativas, por competencia, pasaron a la autoridad instituida
Autoridad Portuaria de Gioia Tauro. Estar en una fase de
presentación, el proceso preliminar prosiguió con la
participación del Consejo Superior de Obras Públicas que, en
prueba de la complejidad del asunto, entre 1998 y 2001,
se expresó en diversos pronunciamientos, solicitando adiciones
deficiencias estructurales en los tanques (para la
que no se había previsto para la construcción de un
contención en la base de los tanques para la protección de la
y la falta de diseño de un enfoque para las barcazas.
Esto llevó a la primera parada en el año 2000
impuesto por la Capitanía de Puerto de Gioia Tauro que,
en la adquisición de las resoluciones del Consejo de Obras Públicas,
destacó la falta de correspondencia entre lo que se logró
y lo que se ha diseñado. Pero al año siguiente, el Consejo Superior
de Obras Públicas autorizó la continuación de la
obras terrestres y no las relativas a la aproximación costera, para la
lo que requirió que la empresa presentara tres estudios técnicos: uno
relacionados con el riesgo sísmico extremo que se podría generar
de la construcción de la obra, considerando también la faja sísmica
1 sobre el que cae el puerto de Gioia Tauro; También se pidió que
el análisis de la consiguiente modificación de la morfología del litoral,
tras la posible construcción de un acceso costero, y
Finalmente, con el tercer estudio, se invitó a la empresa a analizar
cualquier cambio que pudiera introducirse en la naturaleza morfológica de la
arenas monogranurales, debido a su propia licuefacción.
La PSA especificó que el SPGT nunca había respondido a estas
solicitudes analíticas realizadas por el Consejo de Obras Públicas.
En 2004, la Autoridad Portuaria, entretanto, estableció,
se hizo cargo de la solicitud de concesión y solicitó
SPGT reanudará los trabajos, que han estado paralizados desde 2003. Después de una minuciosa
En 2006, la Autoridad Portuaria emitió una
decreto de decomiso por incumplimiento de la obra, y
por falta de uso de la concesión. Esta última decisión
también fue confirmada por el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Reggio Calabria que, cuando se le preguntó
por SPGT, desestimó el recurso de casación. Pero en 2008, el
El Consejo de Estado revocó el fallo de la corte
y anuló los efectos del decreto
de la Autoridad Portuaria. Desde ese momento hasta 2017,
No se hizo ningún trabajo para completar el trabajo.
Sin embargo, después de 14 años de inactividad, SPGT hizo la solicitud
finalización del proceso de concesión por razones de urgencia.
De hecho, ante la falta de ejecución de la obra, el MISE,
titular de la financiación pública derivada de la nota y
improductiva Ley 488, exigió la devolución de los fondos públicos
con retirada de fondos. Una vez reanudada la investigación, la Autoridad
del Sistema Portuario de los mares Tirreno y Jónico del Sur actualizado
práctica administrativa y volvió a solicitar la producción
documentos que ya han sido solicitados reiteradamente a la empresa y nunca
Producido. Ante la posible e inminente pérdida de la
financiamiento, SPGT modificó el proyecto para reducir el número de
cisternas, cambiando el destino de la actividad, que de
pasaría a operar solamente, y asumiendo un
Amarre a lo largo del muelle norte, destinado al uso público
Multifuncional. En ese momento, la autoridad portuaria estableció un
mesa técnica que, al evaluar la nueva propuesta, expresó la
y lo presentó a la Comisión Portuaria que, en
A su vez, hizo suya la decisión de la Autoridad.
Los últimos pasos del asunto, en 2021, véase la Autoridad
del Sistema Portuario para adoptar la decisión de rechazo
de la solicitud original, y por falta de planificación
del trabajo que, al entrar en la valoración de méritos, por falta de
interés público de la empresa en relación con la estructura actual
del puerto de Gioia Tauro. Puesto en duda,
en mayo de 2023, el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo de Reggio Calabria
a la Autoridad Portuaria. Una decisión que fue
reafirmado ayer en el Acta Final del Consejo de Ministros.
Estado.
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