Ocho enmiendas a la Convención entran en vigor hoy
Campeonatos Internacionales del Trabajo Marítimo (MLC) que tienen la
mejorar las condiciones de vida y de trabajo de la gente de mar
a bordo de los buques. Una enmienda establece que, antes o durante la
procedimientos para su contratación, se informa a la gente de mar de la
derechos en virtud de un plan para protegerse contra cualquier
pérdidas monetarias sufridas por la gente de mar, que se establecerá
por agencias privadas de contratación y colocación. Una enmienda
dispone que los Estados miembros de la
Las organizaciones facilitan la repatriación rápida de la gente de mar
abandonados en sus buques y trabajar juntos para garantizar que la
marinos contratados para sustituir a la gente de mar abandonada en sus
territorio nacional o en un buque que enarbole su pabellón
derechos y prerrogativas previstos en la Convención
MLC 2006.
Además, las enmiendas al Convenio establecen que la gente de mar
se garantiza una conectividad adecuada a bordo de sus buques
y que los armadores, en la medida en que sea razonablemente posible,
proporcionarles acceso a Internet a un costo, en su caso, de
cantidad razonable. Los Estados deben hacer lo mismo en sus
puertos y fondeaderos.
Por lo que se refiere a los alimentos, las enmiendas introducidas establecen que:
se proporciona a la gente de mar agua potable gratuita de buena calidad,
calidad y garantizar la cantidad, la calidad,
Valor nutricional y variedad de alimentos y bebidas
a disposición de la gente de mar con el fin de proporcionar comidas equilibradas
Con respecto a la asistencia médica, se brinda asistencia oportuna
desembarco de la gente de mar que necesite atención médica inmediata y la
su acceso a instalaciones médicas en tierra en caso de, por ejemplo,
haber sufrido alguna lesión o enfermedad grave, y
lesiones que involucran huesos rotos, sangrado severo, rotura o
inflamación del sistema dental, o haber sufrido quemaduras graves,
se ven afectados por un dolor intenso que no se puede controlar a
buque o existe riesgo de suicidio. En el caso de
muerte a bordo de un buque, los Estados deben facilitar la
repatriación del cuerpo o de las cenizas del marino fallecido por
y todas las muertes de gente de mar deben ser notificadas
y registrados anualmente por la Organización Internacional de
Trabajo.
Por último, la gente de mar debe estar provista de
de tamaño adecuado y, en particular, que
puede ser adecuado para el creciente número de mujeres que trabajan en
a bordo de los buques.