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COMPETENCIA
La Autoridad de Defensa de la Competencia italiana ha iniciado una investigación contra SAS (grupo MSC), Moby y Grandi Navi Veloci
Según la AGCM, es posible que se hayan producido restricciones de la competencia tras la adquisición del 49 % del capital de Moby por parte de SAS
Roma
18 Noviembre 2024
La Autoridad Italiana de Defensa de la Competencia ha
se ha iniciado una investigación contra SAS - Shipping Agencies
Services Sarl, una filial del grupo
Mediterranean Shipping Company (MSC), de Moby Spa, que es
51% propiedad de Onorato Armatori y 49% de la propia SAS, y
de Grandi Navi Veloci Spa (GNV), que es casi en su totalidad
controlada por la propia SAS y por Marinvest, del grupo MSC, para
verificar la existencia de posibles restricciones de la competencia
tras la adquisición del 49% del capital social
de Moby por parte de SAS y la subsiguiente gran financiación
concedida por este último a Moby. La AGCM anunció que el miércoles
con la ayuda de la Unidad Especial de Defensa de la Competencia de la Guardia di
Finanzas, llevó a cabo inspecciones en los sitios de Moby y Grandi Navi
Veloci, de Onorato Armatori y Marinvest.
En su decisión, la autoridad de defensa de la competencia recuerda que, con el fin de
dificultades financieras,
en 2020, Moby presentó una petición ante el Tribunal de Milán para
Composición, a la que siguió en 2021 la presentación del plan
composición con continuidad directa del negocio, para
llegar a un acuerdo con sus acreedores. El
El arreglo de Moby -aclara la AGCM- consistía en un complejo
operación de reestructuración y reorganización que implicó
también CIN, una empresa controlada al 100% por Moby, que tiene
inició un procedimiento de convenio paralelo al de su
Sociedad matriz. En este contexto, MSC se ha comprometido a:
solicitud de Onorato Armatori, de suscribir un aumento de la
capital social de Moby hasta un importe de 150 millones de euros,
que implique la adquisición de una participación minoritaria del 49 %
en Moby, siempre que el plan de convenio con los acreedores fuera
aprobado por el Tribunal de Milán. Este compromiso, que no incluía
la adquisición de los derechos de gobernabilidad en Moby, fue
transpuesto en un acuerdo multilateral celebrado en julio de 2022 entre
CIN, Tirrenia en Administración Extraordinaria, Vincenzo Onorato,
Moby y algunas instituciones financieras acreedoras.
En junio de 2023 -la AGCM vuelve a recordar- los decretos de aprobación de la
composiciones de Moby y CIN se han convertido, por lo tanto, en
en virtud de los acuerdos anteriores, en julio de 2023, SAS adquirió
una participación minoritaria del 49% en Moby, que no tiene ninguna
Sin embargo, en virtud de los acuerdos alcanzados,
la compra de derechos de gobernanza que permitirían a SAS
adquirir el control (exclusivo o conjunto) sobre Moby. Tal
el control permaneció, de hecho, en manos de Onorato Armatori.
Moby y Onorato, por un lado, y SAS, por el otro, posteriormente
celebraron algunos acuerdos, que permitieron a Moby y Onorato
recibir de SAS la provisión financiera necesaria para extinguir la
posiciones de deuda respectivas con una categoría particular de
acreedores (bancos y tenedores de bonos) y ejecutar
por adelantado los planes de composición con ahorros para Moby
en comparación con los resultados previstos originalmente. En la actualidad, por lo tanto,
todos los acreedores de Moby y CIN han sido satisfechos y la
El procedimiento de composición está cerrado. Los acuerdos, que son objeto de
examen también por parte de la Comisión Europea,
la posible compra del control de Moby por parte de MSC sería
ha estado sujeta a una obligación de notificación en virtud del Reglamento de las CE
139/20045, establecen, en particular: a) la transferencia por parte de Moby
a una compañía del grupo MSC de dos barcos ( el Moby Vinci
y Sherdan) por un valor de 109 millones de euros; b)
un contrato de financiación, firmado entre SAS y Moby el 7 de
diciembre de 2023, que prevé la concesión de un préstamo de
importe de 243 millones de euros a Moby por parte de SAS,
desembolsar a más tardar el 12 de diciembre de 2023 (el "Préstamo Puente");
c) un contrato de prenda y opción de compra, suscrito entre SAS y Onorato
Armadores al mismo tiempo que el contrato de financiación, con el que
Onorato se ha comprometido a garantizar, de forma independiente y en primer lugar,
solicitud, el cumplimiento de todas las obligaciones de Moby derivadas de
el contrato de préstamo con SAS. Especialmente
el contrato de prenda y opción establece que Onorato constituirá en
prenda a favor de SAS las acciones de las que es titular
representando el 51% del capital social de Moby. El contrato
prenda y opción no confiere ningún derecho de voto a SAS y, además,
En general, no existen derechos administrativos derivados de la
pignorados (estos derechos continuarán siendo ejercidos por
Onorato). El acuerdo de prenda y opción también prevé
un derecho de opción para comprar las acciones de Moby en poder de
Honrado a favor de SAS, sujeto a una condición suspensiva. En
La promesa puede ser ejecutada y la opción puede ser
ejercerá únicamente en caso de falta de pago por parte de
Moby y Onorato de las cantidades adeudadas.
Finalmente, el 27 de junio de 2024, la Comisión Europea
a la autoridad italiana, de conformidad con el artículo 4,
apartado 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004, la evaluación
de la concentración que tendría lugar en caso de que se produjera una
Moby no pagó su deuda con SAS en el
términos acordados.
En su evaluación, teniendo en cuenta los mercados de la
transporte marítimo regular de pasajeros, vehículos acompañantes y
productos rodantes en los que Moby y el grupo MSC operan con su
compañías navieras, la AGCM señala que "los mercados de la
que operan Moby y GNV están extremadamente concentrados y
caracterizado por la presencia de un pequeño número de empresas. Ellos
se caracterizan por tener importantes barreras de entrada,
consistente en la alta inversión inicial en el buque, la
Necesidad de tener espacios adecuados para estacionar
franjas horarias de salida y llegada comercialmente atractivas, así como
por la presencia de operadores históricos que puedan disfrutar de una determinada
Fidelización de los consumidores. En este contexto, señala
la Autoridad Italiana de Defensa de la Competencia-, la creación de un fuerte vínculo estructural
entre Moby y GNV, como resultado de la adquisición de la
49% de participación en SAS en el capital de Moby, así como
el vínculo adicional creado por la gran financiación de SAS con Moby
de diciembre de 2023, podría ser adecuado para producir un
Deterioro de la dinámica competitiva en los mercados
infringiendo el artículo 101 del TFUE. Especialmente
la adquisición de una participación minoritaria de SAS en Moby
podría facilitar, también a través de contactos entre las partes, la
coordinación de sus respectivas políticas comerciales. Por otra parte, en el
escenario competitivo que se determina después de la adquisición
de la participación podría debilitarse aún más
los incentivos para la competencia entre GNV y Moby, con el riesgo de
mercados de referencia en los que dichas empresas no
se enfrentan a una presión competitiva significativa, que es
tienen efectos de reducción de las cantidades ofrecidas, y
Aumento de precios. El vínculo estructural descrito podría
reducir, de hecho, el incentivo de GNV para contrarrestar cualquier aumento
precio por Moby y hacer que en general sea menos
conveniente para el accionista mayoritario de GNV una póliza
agresivo por parte de este último. En este sentido, la especificación
AGCM: la correlación observada entre las variaciones de los precios de los
Las entradas ya se pueden adquirir desde hoy para la próxima temporada en
los sitios de la empresa y la posible reducción de las frecuencias ofrecidas por
El GNV en la temporada de verano parecen indicios prima facie de la
efectos hipotéticos de la restricción de la competencia. Finalmente
la adquisición de una participación minoritaria de SAS en Moby
parece potencialmente probable que deprima la competencia, incluso en el
mercados de referencia en los que GNV y Moby compiten con Grimaldi,
poder favorecer la aparición de un equilibrio colusorio en detrimento de la
de los consumidores".
Especificando que los segmentos del mercado italiano en los que operan
Moby y las empresas del grupo MSC "representan a las partes
aspectos pertinentes del mercado europeo, repercutiendo también en cualquier
operaciones de empresas europeas potencialmente interesadas»,
la AGCM explica que, "en consecuencia, el caso controvertido en el
El presente procedimiento parece susceptible de afectar al comercio entre
los Estados miembros de la Unión Europea e integrar los extremos de una
infracción del artículo 101 TFUE».
Por lo tanto, la Autoridad Italiana de Defensa de la Competencia ha decidido poner en marcha el
investigación para determinar la existencia de violaciones a los derechos
de conformidad con el artículo 101 del Tratado de la
funcionamiento de la UE, con un procedimiento por celebrar
a más tardar el 31 de marzo de 2026.
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