
La Comisión Europea ha instado a Italia, así como a la
España y Francia, para cumplir con las normas de la UE sobre servicios
enviando una opinión razonada a los respectivos tres gobiernos a
incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 4(1)
3 y 4 del Reglamento Europeo sobre servicios portuarios nº 352 de 15
febrero de 2017 y el artículo 49 del Tratado sobre el Funcionamiento de la
de la Unión Europea. La Comisión recordó que estos
las disposiciones permiten a los Estados miembros, bajo estrictas condiciones,
transparencia, no discriminación y proporcionalidad, y con
el objetivo de garantizar el cumplimiento de su legislación
incluyendo las normas de inspección laboral,
imponer una obligación de bandera a los buques que prestan servicios
remolcar o amarrar en puertos situados en su territorio.
La Comisión explicó que España, Francia e Italia han
impuesto una obligación a las unidades navales utilizadas para el
remolcando y amarrando en sus respectivos puertos para mostrar sus respectivos
banderas nacionales, para garantizar la aplicación de la
redes sociales nacionales. Sin embargo, la opinión razonada especifica que el
El Reglamento de Servicios Portuarios ya autoriza a los Estados Miembros
Los Estados miembros para aplicar esas leyes nacionales en el ámbito de la seguridad social y social.
trabajo independientemente de la bandera del barco al que se someta
inspección y, en caso de que los Estados miembros decidan no obstante
imponer un requisito de bandera, esto debe ser
definida como la bandera de cualquier Estado miembro de la UE en lugar de
la bandera nacional de un Estado miembro concreto. La Comisión
señaló que un requisito relativo a la bandera nacional, como
formulado por España, Francia e Italia, por lo tanto, no lo es
cumple con las normas de la UE.
El pasado enero, la Comisión envió cartas de misa
a los tres Estados miembros por no cumplir con su
obligaciones bajo estas normativas. Aún no cumplidas
obligaciones, Bruselas ha enviado una opinión fundamentada a los tres Estados miembros
que ahora tienen dos meses para responder y preguntar
remediar las deficiencias planteadas por la Comisión. Si no es así,
El Reglamento de Servicios Portuarios dejará de ser
Válido.